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¿Has cobrado con retraso facturas de las Administraciones Públicas?

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Recupera Capital te compensa por las facturas que hayas cobrado con retraso de las Administraciones Públicas. 

 

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¿Porqué puedo cobrar ya?

Trascurrido el plazo sin haberse abonado el precio del contrato, la Administración deberá abonar al contratista los intereses de demora, y en su caso, la indemnización por los costes de recobro previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

 

En Recupera Capital, somos especialistas en el cobro de intereses de demora de las Administraciones Públicas, por lo que te ofrecemos cobrar ya por el retraso generado, y olvidarte de problemas y gestiones.

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